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Tras el fracaso
del Proyecto del Ministro Secretario José
Luis de Arrese para potenciar el Consejo Nacional del Movimiento en 1956
(cambiar su naturaleza de "consultivo
a discreción" por "confirmante
por precepto") y la consiguiente determinación del General Franco
de continuar otros derroteros patrocinados por los Carrero, López Rodó,
Iturmendi o Vigón, el Consejo Nacional entraba
en un nuevo periodo en que no olvidaba los rasgos más definitorios de su
trayectoria histórica, de los que raramente se había apartado, a saber:
En 1958, apartado ya
Arrese de la Secretaría General, vio la luz la Ley de Principios Fundamentales
del Movimiento, en donde sin renunciar el Régimen a su esencia atemperaba la
programática de su discurso, en un posible intento del Jefe del Estado, de
contentar a los sectores falangistas tras el contratiempo anterior. Un nuevo Consejo, el IX, hacía su presentación en 1961
otra vez en el Monasterio de las Huelgas de Burgos con el Jefe Nacional, el
ministro Solís y el Vicesecretario Herrero Tejedor. La gran mayoría de sus
miembros continuaban siendo hombres de la generación que hizo la guerra. En
efecto, de 156 consejeros había 113 excombatientes o excautivos, tan solo 11
que no podían haber pertenecido a los grupos anteriores por razones de edad, y
el resto, o sea 32, que tampoco habían entrado en combate ni habían sufrido la
cárcel durante la contienda civil. La Junta Política, especie de Comisión
Permanente del Consejo, seguía teniendo a históricos del falangismo como Fernández
Cuesta, Arrese, Pilar Primo de Rivera o José Antonio Elola. Frente a este
testimonio viviente de la guerra, el Ministro Secretario informaba al Consejo
Nacional el 9 de Marzo de 1963 que el 62% de las gentes del Movimiento o no habían
nacido aún en tiempos de guerra o por razones de edad no habían podido entrar
en combate lo que contrastaba con la masiva pertenencia bélica de los
consejeros. Los trabajos del Consejo se basaron en el estudio de ponencias acerca del problema comunista, de la juventud o de la unidad nacional, siendo sus máximos responsables Adolfo Muñoz Alonso, Joaquín Ruiz Jiménez, Pedro Nieto Antúnez y José María del Moral.
Los debates mantenidos sobre los temas de estudio, que
apenas si tenían proyección en la vida política, muestran un afán de
conservación de los soportes doctrinales que ha ido generando el Régimen y
permiten el conocimiento de la personalidad del Consejo y de sus miembros.
Así por ejemplo la ponencia que estudiaba el tema referido a la
juventud, tras delimitar dicho término, entraba en un análisis
de su comportamiento en donde la valoración que de ella se hacía
resultaba bastante positiva, quizás porque aún se creía que "la
juventud está en nuestras filas". Se contaba para el conocimiento
del fenómeno juvenil con medios
modernos de sociología como era la encuesta preparada por el Instituto de la
Juventud(2), para la delimitación del perfil de los jóvenes españoles y su
utilización ponía ya de manifiesto la estrechez mental de algunos consejeros (Zamanillo,
Fagoaga, Codón, Redondo y Astraín) que llegaba a su punto álgido
cuando solicitaban que de la encuesta -documento para el Consejo- se
suprimiera todo lo que pusiera en cuestión el espíritu de Cruzada, los
principios del Movimiento o la Ley
de Sucesión. Consideraban también un
error las preguntas realizadas sobre religión o monarquía tradicional. Ni más
ni menos esa actitud rechazaba, cual avestruz común, una eficaz utilización de
métodos del conocimiento de la realidad, y que
como muy acertadamente prevenía la introducción del informe "Su
desconocimiento determina una imposibilidad o, al menos, una gran dificultada en
la solución de los problemas que presenta". Aunque la ponencia apostaba por el estímulo a los jóvenes y por su participación
al considerar en ello las mejores armas para la vinculación al Régimen,
se atravesaba por aquellos años una crucial etapa en donde las formaciones
juveniles (SEU, Frente de Juventudes) andaban en proceso de reconversión ideológica
a la baja, lo que no obstaba para filigranas teóricas que pensaban que la
juventud debía ser dotada de una ideología base y que para el consejero
Rodolfo Martín Villa "...no
puede ser otra que la joseantoniana". La comisión primera en un informe sobre los estudios
realizados por todas las ponencias ponía el acento en la necesidad de que los
trabajos fueran de asesoramiento para el Gobierno y para las instituciones
rectoras de la vida política del país, porque el desconsuelo había hecho
mella en los consejeros cuando observaban la esterilidad de sus propuestas. Se pedía también que fueran tomadas en
cuenta por la Secretaría General en el desarrollo de actividades que tuvieran
que ver con el contenido de lo estudiado, lo que inclina a pensar que, a pesar
de que los textos legales fijaban para el Consejo una actitud de preeminencia en
la dirección de la FET, era la Secretaría General quien desarrollaba
una actividad de bastante autonomía con relación a aquella institución. No era el Consejo un bloque monolítico, e incluso parecía
haber disidencias lamentables para ciertos consejeros. Fernández Cuesta tachaba
de delictivas las opiniones de algunos partidarios,
según él, del sufragio universal y de los partidos políticos. Si la
referencia más evidente para todos era la pertenencia al máximo órgano
colegiado de representación del Movimiento Nacional, esto era un referente
ambiguo porque a la pregunta qué
era el Movimiento, les resultaba a los mismos consejeros de difícil
respuesta, e incluso uno de ellos, Carlos Pinilla, llegaba a resumir aquello,
dejando la cuestión en el aire: "Que
estamos dando vueltas a una palabra que es el Movimiento Nacional y que todavía
no sabemos qué es". Si
el Consejo debía albergar únicamente a gentes del Movimiento o si debería
haber un mínimo resquicio de entrada, enfrentaba al falangista González Vicén, con el tradicionalista Codón. Las discrepancias en el seno del Consejo hacían pensar a Le
Monde (3) que se entraba en una etapa de lucha donde las diferentes
tendencias buscaban asegurarse una buena posición en el caso de que se abriese
la sucesión, mientras que Le Figaro
(4) atisbaba el proceso de una progresiva liberalización del Régimen. Era lo cierto que en medio de aquellas discusiones, que no
servían de nada por la nula iniciativa que tenía aquel foro, les quedaba a los
consejeros la posibilidad de remodelar su reglamento de régimen interior y
acudir a la celebración de efemérides. Como venía siendo costumbre aquel lugar era centro de la
oratoria y local de desahogo de los jerarcas. Al conmemorarse el XXV aniversario
del Fuero del Trabajo el ministro Secretario y el de Trabajo contaron a los
consejeros las excelencias de las realizaciones del Régimen. El ministro
Romeo Gorría, haciendo uso de una retórica de altos vuelos, muy usual
en aquel lugar, introducía en un discurso político escenas de este
calibre: "Los primeros resplandores del
incendio parecían tener tanto de alborada como de agonía, pero cuando los ojos
se abrieron a las llamas, empapadas de rojo fulgor, ya alargaban sobre el
horizonte infinito de la congoja, el sombrío perfil de la impotencia". Para el Ministro Solís, los objetivos de aquella primera
Ley Fundamental se habían cubierto en parte, aunque seguía faltando normativa
legal que amparara todas las
propuestas forales. Como demostraría años más tarde Hillers de Luque (5),
decir aquello ya en el año 62 era
no decir la verdad. El complejo legislativo del mundo del Trabajo había ido
creando un entramado que poco tenía que ver con los postulados del Fuero. Tal
idea, opuesta a lo que afirmaba el Ministro, también la denunciaba en el
Consejo Nacional el catedrático falangista Pascual Marín. El 6 de Julio de 1964 en el Palacio de la Marina Española
se constituyó el X Consejo Nacional. Unos días antes, el 18 de Junio, un
Decreto constituía la Junta Política como Comisión Permanente del Consejo con
12 miembros, cuatro de ellos con carácter nato
(6) cuatro designados y cuatro propuestos por el Consejo. El Ministro Secretario pronunció un discurso de elogio a
la legislatura anterior. Era éste el primer Consejo en donde
comenzaba la representación de miembros elegidos en las provincias, no
por compromisarios, sino por todos los afiliados provinciales del Movimiento.
Aparecían también representantes municipales, sindicales y familiares. José
Solís para dar ánimos a los consejeros, les recordaba que la labor de la
representación familiar del anterior Consejo (estudiada por el gobierno y
aprobada por las Cortes), era, tras la elaboración del Fuero del Trabajo en el
1938, el hecho de mayor transcendencia realizado. Aquello, posiblemente sin ánimo
de hacerlo el Ministro, era demostrar en las propias barbas de los interesados,
su absoluta inutilidad. Pensar que el aspecto más importante de la vida de
aquel organismo desde 1937 había sido la integración en él de cinco
consejeros (Fernández Miranda, Jambrina Bonafonte, Espinosa San Martín, Moreno
Torres y Garachana Muñoz) no deja
de causar asombro. La actividad del Consejo fue grande si se
tiene en cuenta que el número de comisiones que se crearon fue de dieciséis
para el tratamiento de temas de índole
general como "Política económica" o "Política social",
junto a otros en la eterna búsqueda de la identidad del Movimiento
("Institucionalización del Movimiento o Estructura Orgánica y Actividades
del Movimiento") y del perfeccionamiento constitucional. En 1964 el
Consejo Nacional volvía a la carga sobre lo que era, sobre su misma esencia, y
elaboraba un "Proyecto de bases y ordenación de funcionamiento del Consejo
Nacional del Movimiento". Pretendía formar parte del orden constitucional
de la nación y que por ley fundamental se estableciera su nueva estructura.
Incluía aspectos en donde, salvada la glorificación del Caudillo, se quería
dar mayor relieve al Ministro Secretario y al propio Consejo. Así por ejemplo,
se pedía que en la Junta Política, la mitad de sus miembros
fuesen elegidos por el Pleno y la otra mitad designados por el Ministro
Secretario y para dar mayor continuidad a la duración a sus tareas, las
legislaturas (así llamados los periodos de vida de cada consejo aunque no se
legislara nada) se deberían fijar en seis años. El intento de acoplar el Movimiento a la estructura del
Estado se presentaba como el tema clave. Volvían los consejeros a preguntarse -una
vez más- por los fines que debería tener esa institución. Se hacia manifiesta
la necesidad de reorganizar la estructura de la FET, descargarla de aspectos
burocráticos y simplificar su organización. Se pensaba para ello en un aparato
central organizativo (Servicios Centrales) unos órganos preferentes y tres
"líneas": la institucional, la orgánica y la representativa. Se trataban
temas ya vistos tiempo atrás y algunos novedosos como el de los principios
doctrinales de representación, la necesidad de descentralización
administrativa, el reforzamiento de la vida local y la firme vocación
europea del Movimiento!. Fieles
a su pasado histórico, convenientemente utilizado según los momentos, el
Consejo Nacional observaba el compromiso de "asegurar
el despliegue de las geniales intuiciones de José Antonio",
porque al fundador de la Falange lo habían convertido en comodín con que
justificar las más variadas actitudes. La necesidad de penetración del Movimiento en la
sociedad, a falta de lo contrario, era
otra de las preocupaciones de este Consejo que veía en actitudes populistas y
en la utilización de los medios de difusión los cauces propicios para dejarse
oír. Pero, posiblemente, por el análisis
efectuado y por la alternativa que planteaba fue el de
Manuel Cantarero del Castillo uno de los proyectos más interesantes.
Tras realizar el análisis de lo que había supuesto la FET con relación al
Estado y al Movimiento y la necesidad de ajustes estructurales que aparentaban
una mayor liberalización del sistema (Delegaciones de Organizaciones y
Asociaciones creadas en 1957), Cantarero consideraba que había que dar salida
al callejón en el que se encontraba el Régimen. En suma, el consejero pretendía
fortalecer el Movimiento mediante un sistema de participación restrictiva con
el reconocimiento de las distintas tendencias integradas en él (falangistas,
tradicionalistas y democristianos) mediante su
conversión en asociaciones. Abogaba
además por una vinculación más profunda de las bases humanas allí integradas
y por la adopción del bicameralismo en donde al Consejo Nacional se le
reservaran papeles de "Cámara Alta" y con el pensamiento puesto ya en
la creación de una especie de "socialismo nacional" de
laboratorio reservado para la
Falange. Posiblemente un señuelo, pero sin duda una alternativa interesante para la continuidad de un sistema que no daba más de licuando más adelante se intente algo similar con el tema del asociacionismo, la realidad será muy distinta. Sectores de la sociedad española mucho más tensos con el Régimen, caducidad de instituciones del pasado, preocupante vejez del Jefe del Estado junto a la desaparición de su delfín, entre otras razones, invalidarían el proceso de continuación o, lo que es lo mismo, indicarían que el Régimen no daba para más. Cuando el asociacionismo político llegue a España, Cantarero habrá abandonado su anterior tesis y elaborado su "socialismo rosa", que descubría el parecido, que creía ver, entre algunos socialistas democráticos europeos y la doctrina de José Antonio. Aquellas
elucubraciones de los miembros del Consejo Nacional quedarían delimitadas con
el marco que la Ley Orgánica del Estado a través de su titulo IV reservaba al
Movimiento, con lo que llegaba la tan deseada culminación constitucional. En
aquel texto se establecía la configuración del Estado, sus organismos y sus
fines. Para el Consejo y en consonancia con la LOE se confeccionó un marco
legislativo ampliado (7) El título Falange Española Tradicionalista y de las JONS pasó al olvido, ni una sola vez se citaba en el texto legal. Unos años más tarde, el falangista Girón reconocía que la LOE (a la que los falangistas emparentados con el poder y las bases del Movimiento apoyaron movilizándose para que el referéndum convocado al efecto resultara positivo) clausuró en la práctica la acción política de la FET. Y de forma paradójica el Consejo Nacional iba a empezar a tener una relativa importancia, o al menos cierta operatividad, a partir de entonces. Tres innovaciones aparecían en la LOE que merecen una especial atención porque su desarrollo afectará al Consejo prácticamente hasta su desaparición:
Entre
las posibilidades que otorgaba la LOE al Jefe del Estado estaba el nombramiento
de cuarenta consejeros nacionales. Esta
especie de "primi inter pares"
fueron conocidos popularmente con
el sobrenombre de "Los Cuarenta de Ayete" porque en ese palacio
guipuzcoano, realizó Franco su primera elección. Se encontraban revestidos de
características especiales. Tenían la más absoluta confianza del Jefe
Nacional y, se vinculaban de manera completa con los fines fijados para el
Consejo y muy principalmente con la
defensa de la integridad de los Principios fundamentales del Régimen. A la
muerte del General se preveía que los Cuarenta de Ayete fueran consejeros de
forma permanente hasta que les llegara la muerte o cumplieran setenta y cinco años.
Sus puestos serían ocupados por elección del Pleno del Consejo Nacional entre
una terna propuesta por consejeros. Ya en 1971 el General Franco renovó el
grupo con once nuevos miembros y
hasta 1974,por muerte o jubilación, se produjeron otras cinco vacantes. Fallecido el Caudillo, y
en una especie de juego de despropósitos, el Consejo Nacional elegiría
por aplastante mayoría (80 votos contra 25 del oponente Marqués de
Villaverde y la retirada voluntaria de la terna del francofalangista Carlos Pinilla) a
Adolfo Suárez, encargado, desde ese momento y ahora más que nunca de
salvaguardar las más genuinas esencias del Régimen.
A
raíz de la Ley Orgánica del Estado cobraba el Consejo
Nacional del Movimiento un papel de garante y amparador de los derechos de los
españoles. En el camino de "institucionalización del Régimen",
le tocaba al Consejo la resolución del Contrafuero (8) es decir, la
posibilidad de entablar recursos si las leyes u otras medidas políticas fueran
en contra del entramado constitucional de
la Leyes Fundamentales. Se encargaba de ello una Sección del Consejo. La aparición
del Contrafuero indicaba un intento aparente de mostrar que el sistema legislativo ordinario no desvirtuaba a los principios normativos constitucionales,
y otorgaba el papel de intérprete ideológico al Consejo Nacional al ser encargado de esos asuntos. El proceso de los
recursos de contrafuero evidenció que los interpuestos
rara vez prosperaban, fundamentalmente aquellos que podían poner en entredicho
normas consustanciales con la práctica política. Por parte de los recurrentes que utilizaban aquella vía legal, además de quienes dirigían peticiones individuales o corporativas por entender vulnerados sus derechos, estaban, quienes en una actitud de oposición desde el interior, dejaban constancia de su inquietud ante promulgación de leyes o decretos restrictivos del ejercicio de las libertades. Intentaban en suma, buscar, en una imposible maniobra, las vueltas a las leyes, expresando en voz baja, por supuesto, parte de su programa o de su pensamiento político. Así ocurría con los recursos que presentaron Raúl Morodo, Tomás de la Quadra, Leopoldo Torres o Joaquín Ruiz Jiménez. El primero de ellos lo hacía el 30 de Marzo del 71 ante el Presidente de la Comisión Permanente de las Cortes con un escrito en donde señalaba la inconstitucionalidad que a su juicio tenía parte del articulado de la Ley Sindical por vulneración del principio XIII del Fuero del Trabajo y el Principio VIII de la Ley de Principios Fundamentales del Movimiento. Un día antes Leopoldo Torres pedía la nulidad de la Ley indicada. En su largo e interesante escrito solicitaba coherencia a la actuación del legislativo. El teocratismo incluido en las normas fundamentales, y que según Torres era una muestra de anacronismo, debería ser respetado si no se retiraba como principio normativo. Teniendo en cuenta la vigencia de aquellos influjos y con el apoyo de teorías de la doctrina social de la Iglesia y de la Conferencia Episcopal, hábilmente utilizadas por el recurrente, acusaba a la nueva Ley Sindical de presunto contrafuero por su imposición de obligatoriedad, por su falta de autonomía y de libertad. Sus argumentaciones, que intentaban poner de manifiesto que el articulado de la ley iba en contra del Fuero de los Españoles, del Fuero del Trabajo, de la LOE y de la Ley Orgánica del Poder Judicial no fueron consideradas contrafuero por parte de la Sección correspondiente del Consejo. El 20 de Agosto de 1971 Tomás de la Quadra presentaba también otra petición -desestimada- para que el Consejo iniciara recurso contra artículos de la Ley de Orden Público de 1959. Años más tarde, en Octubre de 1975, una petición colectiva encabezada por el antiguo consejero Joaquín Ruiz Jiménez contra el Decreto Ley de 23 de Agosto sobre prevención del terrorismo sería también rechazada por el Consejo. Pero no sólo
acudían aquellos con actitudes críticas desde una izquierda moderada para
quemar el cartucho legal existente; también "puristas" del Régimen,
que pretendían el cumplimiento más exacto de las leyes por antiguas que estas
fueran, realizaban sus peticiones.
A este grupo último pertenecían el Padre Venancio Marcos, colaborador de Fuerza
Nueva y responsable de la Hermandad Sacerdotal, y Nicanor Solís quienes
presentaban el 14 de Agosto de 1971, en inútil espera de que prosperase,
recurso de contrafuero contra las relaciones comerciales establecidas con
Checoslovaquia. Basaban su argumentación en aspectos
de la Ley de represión contra la masonería y el comunismo de 1 de Marzo
de 1940 y que no había sido aún derogada. No conformes con la anulación
pretendida, pedían incluso el procesamiento, por incumplimiento de la ley, de
aquellos procuradores en Cortes que habían apoyado el proyecto de
establecimiento de relaciones. El 16 de Junio de 1976 un grupo de Procuradores
en Cortes encabezados por Lamo de Espinosa y en donde no faltaban falangistas
históricos, invocaban el contrafuero contra la Ley de Derecho de Asociación
Política aprobada en las Cortes, por vulneración de las Leyes Fundamentales
del Régimen toda vez que se admitía la representación inorgánica en lugar
de la orgánica establecida. Noventa y dos
procuradores estudiaron también la
posibilidad de presentar contrafuero contra la modificación del punto 5 del artº
172 del Código Penal y ante el proyecto de Ley para la Reforma Política un
grupo de 32 consejeros planearon también
de forma infructuosa la posibilidad del ejercicio
del derecho aludido. La recién creada Sección
de Derechos y Libertades del Consejo, era otra de las novedades del Consejo
y había recibido el asesoramiento, para mejor centrar el campo de su actuación,
del Instituto de Estudios Políticos mediante un extenso informe sobre
"Derechos y Libertades no protegidos por jurisdicción alguna" y
acerca del alcance de los acuerdos de la Sección una vez
aprobado por el Pleno del Consejo. Buscando similitudes entre la actuación
que se les había encomendado y organismos similares existentes en otros países,
se realizó por Mayo de 1973 un
completo estudio sobre la figura de los "Ombusdmen" en distintas
naciones europeas. Dos labores
emprendidas por esta Sección en el
año 70 habían procurado cerrar (con los condicionantes que suponían un Estado
cuyo fundamento esencial seguía considerándose el 18 de Julio, y la
pertenencia a un organismo inútil como era el Consejo Nacional) brechas
abiertas en la sociedad española. De una parte el tema de los objetores de
conciencia para quien La Sección del Consejo pedía
unos penas limitadas y proporcionadas en lugar de la aplicación rigurosa
de la Ley que convertía en interminables los tiempos de reclusión de los
objetores, solicitando la concesión gubernativa de indultos o amnistías cuando
los periodos de condena excedieran límites máximos fijados por la ley (9) Otra herida, secuela de la guerra, estaba en la integración,
reingreso o jubilación de funcionarios y otro personal depurado
conforme a la aplicación de la Ley de Depuración Administrativa de 10
de Febrero de 1939. Si bien durante los años de vigencia del Régimen se habían
producidos extinciones de extrañamientos, indultos de sanciones o prescripción
de delitos políticos de los tiempos de guerra, las consecuencias
administrativas de aquello aún no se habían dado. Suponía pues, una primera
toma de conciencia de un problema que tardaría aún años en resolverse, pero
indicaba al menos una incipiente preocupación ante un problema que afectaba a
colectivos de ciudadanos marginados por
su antigua militancia o responsabilidad en partidos o sindicatos de izquierdas.
Con el partido único en almoneda, a partir del 1956, pero
con la perseverancia en la inalterabilidad de los principios (promulgación de
la Ley de Principios Fundamentales en 1958), hacía falta una buena dosis de
creatividad para ajustar los viejos moldes del armatoste del Movimiento a los
nuevos tiempos. Este había cumplido las misiones coreográficas y de movilización
de alta estima para el mantenimiento
del Régimen, y se aprestaba en esta nueva etapa, a ser lugar de encuentro de
sus familias reconocidas, por sus propios apellidos. La idea motriz giraba en que una cosa era la democracia,
no negada según los portavoces del Régimen, y otra la partitocracia. Sí a la
democracia, pero no a los partidos. Esa apuesta por la democracia orgánica
precisaba de nuevos estímulos que vigorizaran el sistema. En la transformación
del Movimiento‑organización al Movimiento-Comunión iban a aparecer
las asociaciones como los nuevos instrumentos precisos de renovación de la
fachada del sistema. Pero aquellos intentos de estirar y estirar el informe
aparato creado no tendrían a la largo el éxito previsto. La larga marcha del proceso asociativo (10), el
doctrinarismo dogmático de hombres representativos del Movimiento abortaron
aquel intento que cuando se hizo posible resulto ser ya muy tarde. Los distintos
Ministros Secretarios personalizaron
los textos legales y promocionaron o frenaron su aplicación La España que siguió al Plan de Estabilización, con un
fuerte desarrollo económico y repartos sectoriales de la economía que se iban
invirtiendo conforme a épocas pasadas tenía
poco que ver con el contexto que había alumbrado el estado franquista.
El armazón mental de los españoles había ido cambiando al compás del
crecimiento económico y la ideología manoseada en otros tiempos se había ido
guardando en el baúl de los recuerdos. En el plano político del franquismo aparecían a fines de
los años sesenta una serie de
problemas socioeconómicos, de relaciones exteriores y de política interior que
precisaban de respuesta. Entre ellos, como muy acertadamente señalaba Wifredo
Espina (16), estaba la vitalización del Movimiento tras la LOE con la necesidad
de participación mediante un estatuto de asociaciones políticas dada la
imposibilidad de otro marco. La Ley de Principios Fundamentales del Movimiento había
abierto una débil brecha sobre la que se articularía el primer proyecto
asociacionista en el 1964. El respaldo llegó
de manos de la LOE que en su artículo 4 señalaba al Movimiento como "abierto a todos los españoles en
régimen de ordenada concurrencia de criterios". El Estatuto Orgánico del Movimiento de 1968 en su artículo 15
sentaba la clave para la constitución de asociaciones en el interior del
Movimiento para la concurrencia de criterios. El desarrollo de la disposición
citada se intentó con el Anteproyecto de Bases del Régimen Jurídico
Asociativo del Movimiento patrocinado
por el Ministro Solís, aprobado por el Consejo Nacional y que, a la espera de
la sanción definitiva del Jefe del Estado, vio como una serie de
grupos -potenciales asociaciones- vinculados al Movimiento iban surgiendo
(Acción Política, Reforma Social Española,
Democracia Social, Fuerza Nueva, Asociación
Democrático-Político-Social-Económica,
Justicia y Legalidad y Vieja Guardia) Los cambios en
la estructura de la SGM de la mano del nuevo Secretario General, Fernández
Miranda y la actitud de éste paralizaron el Proyecto Solís. El nuevo Ministro
presentaba el 21 de Mayo de 1970 su Anteproyecto del Régimen de
Asociaciones de Acción Política. Este anteproyecto nunca llegaría a ser
debatido por el pleno del Consejo Nacional. El temor a no se sabe bien qué, dejó
aquel texto arrinconado, produciendo el desencanto en quienes habían puesto sus
esperanzas en aquello como síntoma de una tímida apertura y que no eran los
enemigos encarnizados de fuera del sistema. La posibilidad del asociacionismo
era reclamada por hombres como Fernando Suárez, los promotores de los Círculos
"José Antonio" o Javier Martín Artajo. Prácticamente todos los
herederos históricos de los núcleos que habían convergido en el nuevo Estado
pedían un estatuto de asociaciones. La dinámica que pretendió realizar el nuevo Presidente
Carrero Blanco con la creación de una comisión mixta entre el Gobierno y el
Consejo volvía a poner en el tapete el tema de las asociaciones. La Comisión
Permanente del Consejo Nacional proponía a la Comisión mixta
Gobierno-Consejo una Ley
General de Participación Política de los españoles, absolutamente restringida
al punto de que las asociaciones no pudieran ser ideológicas, por el temor a la
derivación en partidos, sino corrientes de
opinión. Tras el asesinato del Presidente Carrero y el nombramiento
de Carlos Arias el aperturismo del "12 de Febrero" parecía deparar
mejores tiempos a la intentona asociacionista. Por fin el proyecto de pluralismo
restringido del Presidente Arias se acompañaba de un nuevo texto aprobado en
Diciembre del 74 y que llevaba por título "Anteproyecto de bases sobre los
criterios políticos del Estatuto Jurídico del Derecho de Asociación Política".
Se contemplaban las asociaciones como los medios complementarios a los ya
existentes para la participación. El nuevo Secretario General informó del anteproyecto al
Consejo de Ministros el 8 de Noviembre del 74. El 16 de Diciembre José Utrera
comenzaba su discurso ante el Pleno del Consejo con "El pueblo español tiene derecho a
la esperanza", para presentar el decreto sobre asociacionismo que
con el larguísimo nombre ya dicho se presentaba en la Cámara. El ponente
defensor del mismo, el falangista Eduardo Navarro no olvidaba la loa
correspondiente al general Franco y la justificación ideológica del proyecto
en José Antonio Primo de Rivera. Pasado a votación hubo 95 votos favorables
contra 3 desfavorables (12). La prevención por parte de algunos consejeros por
temor a que el marco fuera ampliado
se reflejaba en las palabras de Manuel Valdés: "Voto a favor de la letra si el
Consejo cumple su función específica y suprema y en contra a la posibilidad práctica
de que vuelvan los partidos".
Antiguos promotores de la idea del asociacionismo se mostraban ahora escépticos
en cuanto a su valoración. Cantarero del Castillo no se mostraba ilusionado, en
sus declaraciones al diario Ya:
"El
Estatuto me parece, además de tardío, más bien corto y no muy sugestivo para
los sectores políticos que hasta ahora han permanecido marginados, pero que
aguardan con una voluntad a ultranza de legalidad y de orden democrático poder
participar" (13). El 21 de Diciembre aparecía publicado el texto legal y en
su artículo 11 se prevenía claramente sobre la imposible utilización de
denominaciones, emblemas o símbolos por parte de asociaciones que fueran "patrimonio
común de todos los españoles", en clara advertencia hacia quienes
reclamaban la simbología y los nombres de
falangismo utilizados con mayor o menor prudencia, desde hacia 38 años
(14). Durante 1975 y con la habilitación de créditos
extraordinarios para el funcionamiento provisional de las asociaciones, el
Consejo Nacional se convertía en homologador de las mismas. Rechazando unas por
reconocer derechos no acordes con las normas fundamentales (Alianza
Popular de Izquierdas y su reivindicación del derecho de huelga) negando a
otras su denominación y emblemática (intentos de asociaciones con el nombre de
Falange Española) y autorizando a otras. En Noviembre de 1975 se
encontraban reconocidas Reforma Social
Española, Proveristas, ANEPA, UNE, Frente Institucional, UDE, Frente Nacional
Español y UDPE.
Por supuesto todas las legalizadas aceptaban las Leyes
Fundamentales. Así por ejemplo, la asociación Unión del Pueblo Español, cuyo Presidente era Adolfo Suárez, en
el Acta de la primera reunión de la asociación acordaba "...hacer
constar en el Consejo Nacional la
declaración expresa y solemne de
fidelidad a los principios del
Movimiento y demás Leyes Fundamentales..." . Los 200
millones de pesetas habilitados por el Consejo de Ministros el 7 de Noviembre de
1975 servirían a Cambio 16
(15) un año
más tarde y a la vista del escaso juego de las asociaciones,
para denunciar el derroche y el secretismo de a dónde había ido a parar
y para qué aquel dinero. El intento del asociacionismo había servido para separar
un uniformismo heterogéneo mantenido por la figura del general Franco gracias
al reparto de parcelas de poder o de compensaciones a unos y a otros. Los
acontecimientos que se sucedieron a ritmo acelerado a partir de la muerte del
General arrinconarán el fenómeno de las asociaciones que, utilizado como
alternativa para la continuidad del sistema, se verá desbordado por los
acontecimientos políticos.
La aplicación de la LOE iba a presidir la actividad de este Consejo que, prorrogado por el General Franco en 1975, asistiría a la época de la transición democrática y se convertiría en el último de los Consejos del franquismo. Si bien todos lo que se encontraban eran hombres del Movimiento, como no podía ser menos, era lo cierto que las edades entre unos y otros, más el proceso histórico vivido, marcaban enormemente las diferencias. Se estaba agudizando el conflicto generacional que venía ya desde atrás. Junto a los más veteranos como De Arrese, Zamanillo, Sancho Dávila, Nieto Antúnez o Mateu Pla aparecía un grupo de consejeros jóvenes llamados en poco tiempo a jugar un papel fundamental en la transformación del sistema y que acabarán en las filas de los partidos democráticos de la futura situación política. Entre ellos estaban Gabriel Cisneros, Ortí Bordas, Enrique Sánchez de León, Marcelino Oreja o Rodolfo Martín Villa, los "cachorros del franquismo" que cambiarían a pocos años vista la dirección de la nave. En la sesión de apertura el 31 de Enero de 1972,
el General Franco, acompañado de su futuro sucesor el Príncipe,
indicaba que: "Las
funciones y atribuciones que competen al Consejo Nacional han de ser ejercidas
en correlación con el gobierno".
Cobraba pues el Consejo una principal misión de asesoramiento doctrinal a la
labor del ejecutivo y además el Jefe Nacional fijaba los cometidos del Consejo
. Basándose en el artº 21 de la LOE, dejaba el camino claramente explicitado:
"Las funciones del Consejo Nacional pueden ser sintetizadas en tres
grandes funciones: Una función de defensa institucional, una predominante función
de acción política, consecuente con la naturaleza dinámica de nuestro
Movimiento y una función concretadora de los criterios políticos que de
nuestro ideario se derivan".
Volvía Franco a marcar el patrón exacto para el desenvolvimiento de aquel
organismo hecho a su gusto y medida. El contrafuero, la colaboración asesora
hacia el gobierno y el desarrollo político en unos márgenes muy concretos,
quedaban bendecidos con la patente que Franco otorgaba en ese momento. Al mes siguiente y tras la formación
de nueve secciones de trabajo, el Pleno del Consejo sugería al
Vicepresidente Carero que el preceptivo Informe político del gobierno (conforme
al art. 32 de la LOM) versara sobre la universidad, el separatismo vasco, la
CEE, las repercusiones políticas
de la coyuntura económica y los fundamentos políticos de la ley de Bases. El 7 de Marzo el almirante Carrero se dirigía al Consejo
en un discurso en donde abordaba las solicitudes realizadas. Aun cuando calificada de buena la salud política
de la nación avisaba de la utilización de mano dura e inflexible al anunciar
la necesaria salida para siempre de
profesores y alumnos subversivos de la Universidad y la necesidad de terminar
con las huelgas que " no
hacen más que frenar el progreso social". En su discurso, fiel a
la más pura tradición por el
repertorio de historicismo anticomunista desplegado, definía la doctrina del
Movimiento con el más ramplón de los análisis: El Movimiento era la síntesis
entre la doctrina de los 26 puntos falangistas y la añadidura de la trilogía
del tadicionalismo "Dios, Patria y Rey". El agravamiento de la subversión preocupaba a los
miembros de la alta Cámara porque el Régimen era incapaz de dar la acertada
respuesta a aquellos conflictos. Acostumbrados a que no ocurriera apenas nada,
veían como desde el año 66 los incidentes callejeros se multiplicaban.
Las algaradas estudiantiles y la insatisfacción obrera cobraban una dimensión
política que si bien se
neutralizaba con medidas de orden público, evidenciaba una batalla que a la
larga estaría perdida. Durante 1971
los Tribunales habían condenado a 43 agitadores universitarios y en los dos
primeros meses de 1972 ya lo habían hecho sobre 136. Aquello que mostraba la
"efectividad" de los métodos represivos, era una victoria pírrica y
que terminaría por volverse en contra, a pesar de que el Ministro de la
Gobernación valoraba las represalias del Estado, dentro del capítulo de
"haberes". Los consejeros nacionales, sensibilizados por el tema, veían
interesante la aplicación de una
política donde se mezclaran la mano dura con la argumentación ya expuesta de
la revitalización del Movimiento. De aquel proyecto de dos caras, únicamente
la primera se había hecho real. Efectivamente, en 1972, la sexta parte de la
dotación policial de Madrid, o sea 500 agentes, se dedicaba con exclusividad a
tareas de represión en la Universidad. Sin que la oposición pusiera en grandes
aprietos al Régimen algo estaba ocurriendo que desbordaban los tradicionales
márgenes de quietud llevando a algún consejero a imaginar situaciones más
tensas que las reales. El general Ingesta Cano llegaría a decir: "Nos
encontramos, como dijo el Almirante Carero Blanco, en una situación de guerra,
cosa completamente distinta a estado de guerra". La rebeldía obrera con gravísimos incidentes en Granada
o en la Bazán de El Ferrol del Caudillo provocaron en algunos el ansia de
volver a dar entidad orgánica al Movimiento, recrear el aparato humano como
valladar de los tiempos que se avecinaban.
Posiblemente por el fragor de la coyuntura, los consejeros Rabanera Ortiz
de Zúñiga, Nicolás Franco y José María Adán plantearon la necesidad
urgente del desarrollo político y que se debería hacer sobre todo con el
despliegue de la Delegación Nacional de Provincias, en la de Prensa y Cultura y
en la de Acción Política y Participación.
Potenciar en suma la oxidada retícula organizativa, la burocratizada de
propaganda y la limitadísima de proselitismo. Aquella paulatina desarticulación de las organizaciones
del Movimiento, es decir la realidad evanescente que venía presentando desde
hacía ya tiempo la FET, se había
ido cubriendo con el velo de la retórica por parte de perfectos conocedores de
aquella situación. En la ritual conmemoración de la fundación de la Falange
(16), el 29 de Octubre de aquel año, José Antonio Girón,
pronunciaba ante el Consejo, con la asistencia del Jefe del Estado y del
Príncipe Juan Carlos, un discurso a la hechura del orador, o sea, del más
acendrado populismo sindical, en el que no olvidaba ni
la loa a Franco, ni el recuerdo a José Antonio ni el señalar la misión
de avanzada que la Falange tenía aún en el Movimiento:"...El
Movimiento es un proceso integrador en el cual la Falange quedó incrustada como
savia y levadura. Los falangistas somos los primeros en mantener y defender esa
unidad sagrada, y sólo en la hipótesis de que un día el sistema abandonase
sus propósitos revolucionarios podríamos suponer que ya no éramos
necesarios". Fuera del ámbito protocolario de las celebraciones, el
Consejo continuaba su marcha. El Presidente Carrero en la exposición realizada
ante las cámaras de TVE (14.06.73) marcaba claramente que "Al
Consejo Nacional, cuyas funciones han de ser ejercidas
en colaboración con el gobierno, le corresponde ser guardián de los
principios e incitador de la acción política, y al gobierno determinar la política
nacional". El 20 de Julio dirigiéndose a las Cortes volvía a definir la
nueva naturaleza del Movimiento y del Consejo Nacional: "¿Qué debe ser
hoy el Movimiento?...Algo total y absolutamente adecuado a las nuevas
circunstancias históricas". Esas nuevas funciones que se pretendían ahora y que se
incluían en la pretendida perpetuación del Régimen ("Después de Franco, las
instituciones") habían llevado a Carrero el 1 de Marzo a promover
la Comisión mixta Gobierno-Consejo Nacional (17) y al estudio de los
siete puntos que debía estudiar el Consejo y que abarcaban una amplia gama de
los temas punteros de la política española: participación, política
cultural, criterios para reforzar la unidad española, renovación de
estructuras socieconómicas, juventud, relaciones internacionales, y relaciones
del Estado con la Iglesia. El relevo en la presidencia por el atentado del 20 de
Diciembre, y el "espíritu del 12 de Febrero" con el impulso
asociacionista iban a distraer al Consejo en el tiempo que le quedaba de vida.
La muerte del Jefe Nacional, veinte meses más tarde, abría una nueva etapa
para la situación política española, pero algunos consejeros podían suponer
todavía que las instituciones salvarían al Régimen. En esa línea de
institución representativa de cierta importancia, asumida en los últimos
tiempos, la Mesa y la Comisión Permanente del Consejo eran recibidas por el
nuevo Jefe de Estado en la primera recepción oficial que se hacía en el
Palacio de Oriente. Se
entraba en una época de tanteo político que el Consejo asumía con su consolidada
costumbre, es decir, con la sumisión al Jefe nacional y, aunque desaparecida la
histórica jefatura que había tenido, no presentaba impedimentos fuertes para
el cambio de la esencia política que presumiblemente ellos garantizaban. El
camino era sencillo y consistía en seguir las directrices de los nuevos
Presidentes de Gobierno, convertidos en Jefes Nacionales. El 19 de
Enero del 76 el Presidente Arias declaraba en el Consejo Nacional "la
necesidad de encontrar fórmulas que salvaguardando la paz hagan del pueblo español
el dueño de su destino". Apenas mes y medio más tarde en
Valladolid, el Delegado Nacional de la Familia, Asís Garrote, acompañado de consejeros falangistas afirmaba
en el acto conmemorativo de la fusión FE-JONS "que sea el pueblo quien diga lo que desea reformar".
Quedaba evidenciada la postura de quienes fieles a la continuación del
sistema pensaban en parciales reformas en donde permanecieran las esencias y se
esperaba, además, el apoyo popular
dando por segura su colaboración en
el mantenimiento del Régimen. La búsqueda desesperada para no arramblar con la construcción del régimen de Franco,
llevaba al Consejero José Mª Adán en Mayo del 76 a encontrar en la
originalidad la solución del conflicto: "todavía
es posible una democracia a la española". Durante los 75 y 76 se discutieron los textos de dos leyes
que no llegarán a ver la luz. El Proyecto de "Ley de Reforma constitutiva
de Cortes" y el de "Sucesión de la Corona". Su retirada se hizo
para dar paso al más ambicioso Proyecto de "Ley de Reforma Política".
El espíritu del cambio parecía haber
contagiado al Consejo, así al menos se desprende
del Acta del 11 de Septiembre de 1976 en donde se ponía en tela de
juicio la permanencia e inalterabilidad que en otro momento había sido la pieza
clave del discurso franquista: "...Las leyes independientemente de su origen histórico,
adquieren significado democrático en el instante en que pueden ser reformadas,
de modo cierto y operativo, por la voluntad mayoritaria del pueblo." Para algunos de los presentes aquello olía a chamusquina. El tradicionalista Oriol y Urquijo hablaba de "ruptura simulada" y el falangista Gías Jové no decía nada porque para él sobraban las palabras ante la desaparición del Movimiento y del Consejo Nacional. La ley de Reforma Política, impulsada por antiguos
francofalangistas ahora mentalmente afincados en parcelas de mayor posibilismo,
inquietaba a muchos consejeros nacionales. De entre ellos los había que
adoptaban una frontal actitud de rechazo, otros buscaban malabarismos para
conectarlo con el régimen franquista y los había también acomodaticios que
parecían no enterarse de lo que estaba pasando. Mónica Plaza expresaba su
disgusto por el cambio de sistema de elección, es decir, por pasar de una
democracia orgánica a una inorgánica, Fernández Cuesta había mostrado su
rechazo el 9 de Junio en las Cortes arropando su negativa con argumentos jurídicos;
pero mucho más patética era la opinión de Pilar Primo de Rivera que había
consagrado su vida entera en defensa de aquel Régimen. Para la hermana del
fundador de la Falange la demolición que se estaba haciendo, justificada en la
muerte del General Franco y en las presiones exteriores, no era aceptable porque
en su opinión, se había creado todo un cuerpo de doctrina. La angustia por la
traición que suponía aquel texto inquietaba a la consejera falangista: "...Y entonces piensa uno que los muertos ¿para qué?
¿quién pone en pie a los muertos? ¿quién les da la amnistía a los muertos?
la sensación de deslealtad hacia ellos es tan tremenda
que a mí al menos me inquieta la conciencia. Si hubiéramos perdido tendríamos
que aguantarnos, pero habiendo llevado a feliz término nuestra revolución ¿por
qué vamos a perderla?". De entre los
continuístas, que llevaban al extremo el
"perfeccionamiento constitucional" (frase muy en boga de los teóricos
del franquismo) el consejero Manuel Conde Bandrés llegaba a suponer que el
Proyecto de Ley de Reforma Política -que se cargaba el sistema legal del
franquismo- era un ¡proyecto de actualización de las Leyes
Fundamentales!. Y este fue el señuelo o ficción jurídica que se utilizó en
el Consejo Nacional a fin de
aquietar las conciencias. La Ley de Reforma se pasaba del Gobierno al Consejo
Nacional como algo que respetaba escrupulosamente el sistema de legalidad del Régimen.
Adolfo Suárez vendía de esta forma aquella mercancía a los consejeros:"El
proyecto de ley para la Reforma Política, cuyo informe va a considerar este
Pleno se planteó
desde la legitimidad vigente del Estado y dentro del mayor
respeto de la legalidad fundamental". El Consejo Nacional, en justa correspondencia y para no
ser menos, entraba gustosamente en aquel juego y pasaba
su informe sobre la Ley de Reforma al Gobierno, apoyado en 80 consejeros,
con 13 en contra y seis abstenciones con los siguientes términos "El
presente Proyecto de Ley ha de considerarse inserto dentro de un proceso de
desarrollo político que iniciado el 18 de julio, va institucionalizando el
poder político..." Entraba además en señalar la conveniencia del bicameralismo y en cuestiones procedimentales y técnicas. La suerte del Consejo estaba echada, dado que los
consejeros nacionales eran además procuradores, mantendría su existencia hasta
la disolución de las Cortes e incluso, uno de sus letrados aseguraba que
sobreviviría hasta que una Ley sometida a referéndum hiciera desaparecer el
Movimiento.
1.- Por considerar más adecuada la divulgación del
periodo cronológico 1961-1977, unido
a determinantes razones de espacio, se ha evitado la referencia al Consejo Nacional durante el periodo histórico
anterior 1937-1960 con dudosos y deshilvanados antecedentes en el Consejo Nacional de Falange
Española de las JONS 1934-37. 2.- El documento titulado "Análisis del resultado de
la encuesta sobre la juventud" apuntaba en su introducción una evidencia
que algunos consejeros se negaron a aceptar: El conocimiento de la realidad es
imprescindible para cualquier actividad humana cualquiera que sea el fin que se
proponga. Aquella encuesta fue asesorada por el Profesor Linz y aunque el
trabajo fue producto de un equipo, destacaron los nombres del catedrático de
Sociología, Gómez Arboleya y del R.P. Jesús María Vázquez. Se trataba del
primer intento de acercamiento científico, de ámbito nacional, a la realidad
de la juventud española. De aquella encuesta se detectaban los
siguientes elementos determinantes del perfil de la juventud española: -Deseo de tener trabajo y fundar hogar -Interés por el asociacionismo, pero no por el político -Bastante equilibrio entre los partidarios de participación
activa en política (42%) frente a
los que delegarían esa participación
en hombre/s destacados (37%) -Mayoría por el Presidencialismo (35,1%) frente a la
monarquía tradicional (14,1%) -Mayoría de jóvenes (55%) consideraban no tener
oportunidad de expresar su opinión -Un 50% creían en la igualdad en la ejecución de la ley. -Un 50 % consideraba injusta la estructura social española. -Modelo de institución: el Ejército y la Iglesia -Figura política de identificación: José Antonio Primo
de Rivera -Desinterés general por la política
(49.1%) -Equilibrio entre las opciones de europeismo e
iberoamericanismo -El 84,3% de los encuestados consideraba que valía la
pena dar la vida por la Patria. 3.-
Le Monde 12.03.63 4.-
Le Figaro 11.03.63 5.- La visión del Ministro era una torpe deformación de
la realidad legal del Estado en contraste con el Fuero del Trabajo. V. Hillers de Luque, Sigfredo España, una revolución pendiente. Fondo de Estudios Sociales.
Madrid 1975. pp. 276-287. 6.- Los cargos natos de la Junta Política eran: el
Presidente del Instituto de Estudios Políticos, la Delegada Nacional de la
Sección Femenina el Delegado Nacional de Provincias y el Delegado Nacional del
Sindicatos. 7.- El proceso de culminación legislativa llegaba con la
LOE en donde se parcelaba el campo de actuación y la finalidad del Consejo
Nacional del Movimiento. Prolongaban la labor
la Ley Orgánica del Movimiento y de su Consejo Nacional de
28.VI.67,el Estatuto Orgánico del Movimiento (Decreto 3170 de 20.12.68)
y el Reglamento Orgánico del Consejo Nacional (Dto. 2416 de 24.09.68) La
Ley Orgánica del Movimiento en su art. 21 ponía como fines del Consejo los
referidos a la unidad de España, la defensa de los Principios Fundamentales y
los intentos de mejora de la justicia social; Asimismo hacía hincapié en la
Defensa de Derechos y Libertades que figuraban en las Leyes Fundamentales, la
formación de la juventud y el encauzamiento del contraste de pareceres. El artículo
10 de este Ley Orgánica hacía recaer sobre el Consejo la acomodación de las
leyes a los principios
fundamentales pudiendo ejercitarse si esto no se daba el recurso de Contrafuero,
las sugerencias al Gobierno y el conocimiento antes que las Cortes de proyectos
o modificaciones de Leyes Fundamentales. Así mismo el citado artículo confería
la posibilidad al Consejo de elevar Memorias al Gobierno y evacuar las consultas
a que fuera sometido. El art.º 12 de la LOM en consonancia con el 25 de la LOE
convertía al Jefe del Gobierno en Presidente del Consejo Nacional por Delegación
del Jefe Nacional. El Decreto Ley 4 de 3.04.1970 fijaba los modos de actuación
del Consejo que junto al Jefe Nacional y al Secretario General actuaban de
rectores del Movimiento. Además cobraba el Consejo la promoción de textos
legales en casos determinados y ajustándose a la Ley Constitutiva de Cortes y a
la Ley de Régimen Jurídico de la Administración. El texto de la LOE hacía afirmar al diario Madrid
(28.11.66) que el Movimiento representaba una realidad más amplia que la de
la FET y que el Movimiento en el plano constitucional carecía de cuerpo físico
u orgánico: "es como el "corpus mysticum políticum" (5.12.66.) Esa interpretación se vería contrarrestrada pronto. Con la
elaboración de la Ley Orgánica del Movimiento, seguía existiendo un Jefe
Nacional del Movimiento, que a su vez era Jefe de la organización. A nivel
legal al Movimiento organización aún le quedaban unos cuantos años de
existencia. El Estatuto Orgánico del Movimiento derogaba el Estatuto de
Julio de 1939 y el Decreto de 20 de Julio de 1957 y abría la posibilidad de
asociacionismo dentro del Movimiento. 8.- Las disposiciones que regulaban el Contrafuero eran
partiendo de la LOE, la LOM (art. 10, 35; el Reglamento del Consejo Nacional (art.
26, 32,33 y 41) y la Ley 8/1968 de 5 de Abril de la Jefatura del Estado
regulando el recurso de contrafuero (BOE 84, 6.04.68) 9.- Cfr. Ya
8.11.78 p. 8 10.- En el interior de la FET se había ido produciendo a
lo largo del tiempo y por el complejo entramado que el Partido representaba
posibilidades legales de una asociacionismo restringido. A excepción de la
Orden de 25 de Octubre de 1964 y Decreto 20.VII.57 (Asociaciones que coadyuvan a
los fines del Movimiento) todas las demás que se relacionan, se hicieron al
amparo del Art. 1 del Decreto de 21 de Enero de 1941 que excluya del Ministerio
de la Gobernación "las asociaciones sujetas a la legislación sindical y a
la disciplina de FET y de las JONS"
Había también otras asociaciones (femeninas y de
consumidores) que carecían del desarrollo legal de adhesión al Movimiento.
11.- Espina W. en El
Correo Catalán.‑Barcelona 05.04.69. 12.- Votaron en contra Garicano Goñi, De Cruylles y Oreja
Aguirre; éste último manifestaba al día siguiente que España se encontraba
en una etapa histórica que "esta
llegando a su culminación"
..."O ahora marcamos el camino que el pueblo utilice o mañana seremos sólo
historia, por grande y gloriosa que esta haya sido". 13.- 04.12.74 14.- Todavía en 1975 el Consejo reivindicaba de forma
contundente su pretendido origen histórico. En la negativa a la petición de
los Círculos José Antonio de otorgarles el histórico nombre de Falange Española
de las JONS para la asociación política por ellos patrocinada se decía
textualmente: "Es, pues, evidente que
el Movimiento Nacional, institucionado por la LOE es el mismo Movimiento creado
por el Decreto de 19 de Abril de 1937". 15.- Cambio 16.
15.XI.76 16.- Hasta 1968 el Teatro de la Comedia reunía a
falangistas en una acto de repetición anual con programa fijo. La voz de un
locutor reproducía el discurso fundacional y el Ministro Secretario pronunciaba
el discurso de rigor en donde los ingredientes fijos lo constituían los
recuerdos, los logros conseguidos y las esperanzas en lo que todavía quedaba.
Aquello lograba mantener la tensión de un auditorio al que se le había
suministrado precisamente lo que demandaba y que era muy poco. Pero el
inconformismo falangista y los fuertes incidentes del año 68 en donde el
Ministro Solís fue zarandeado, debieron ser causas más que suficientes para
que el acto se recluyera en el Palacio de la Marina Española. Con la asistencia del Jefe Nacional, acompañado en los últimos
años del Príncipe de España, se celebraba un acto político en donde un
consejero se encargaba de pronunciar el correspondiente discurso en donde nunca
faltaban la pretendida fidelidad al origen falangista del régimen, las
encendidas alabanzas al General y a las realizaciones de su régimen que siempre
en perfectibilidad manifiesta salía airoso de las más difíciles situaciones.
El acto político se revestía del ceremonial correspondiente, autoridades
civiles y militares, miembros de la Guardia de Franco, Palmas de Plata de la
Falange, supervivientes del mitin histórico del 33 e invitados. Entre estos últimos
el número de peticionarios era siempre mayor que las posibilidades espaciales
del recinto y había que recurrir a
los conocimientos. Fernando Suárez y Jesús Sancho Rof, por ejemplo solicitaban
en 1974 al Secretario del Consejo, Baldomero Palomares, las correspondientes
invitaciones. Desde que el acto se celebraba en el Palacio Grimaldi los
oradores encargados habían sido Fernández Cuesta, Jesús Fueyo, José Antonio
Girón, José Utrera y Labadie Otermín. En 1975 el orador preparado para el
evento era Chozas Bermúdez, por la enfermedad del Caudillo se suspendió la
exposición que quedó reducida a breves palabras del Vicepresidente del
Consejo. Los rostros cariacontecidos de los consejeros y la masiva presencia de
medios de información extranjeros presagiaban que la muerte del General estaba
ya muy próxima. 17.- Los componentes de la Comisión Mixta eran: Fernández
Miranda, Sánchez Cortés, Fueyo Alvarez, Pardo Canalís, Rabanera, Ortiz de Zúñiga
y Zamanillo. Por parte del gobierno formaban la comisión Carrero, Barrera de
Irimo, Fernández de la Mora, Julio Rodríguez, López de Letona y Liñán y Zofío.
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