En el verano de 1934, José Antonio Primo de Rivera y Pedro Sainz
Rodríguez establecieron el siguiente acuerdo por escrito sobre
"El nuevo Estado español":
1º. El Estado no es un testigo de la vida de la nación ni un
guardián de su cauce; es el conductor de la vida nacional al servicio
de su doctrina.
2º. La variedad tradicional de las regiones españolas se
integrará en una unidad armónica al servicio de la continuidad
histórica nacional.
3º. El Estado español no estará subordinado a ninguna exigencia
de clase. Las aspiraciones de clase serán amparadas condicionándolas
al interés total de la nación.
4º. La libertad es una categoría permanente que ha de respetarse.
El liberalismo es una actitud errónea, ya superada, del sentido de la
libertad. Las libertades tradicionales de los españoles serán
conjugadas en un sistema de autoridad, jerarquía y orden.
5º.- La condición política del individuo se justifica solamente
cuando cumple una función dentro de la vida nacional. Por tanto, se
proscribe el sufragio inorgánico y la necesidad de los partidos
políticos como instrumentos de intervención en la vida pública.
6º. La representación popular se establecerá sobre la base de
los municipios y de las corporaciones.
7º. Todo español podrá exigir que se le asegure mediante su
trabajo
una vida humana y digna.
8º. Ante la realidad histórica de que el régimen religioso y el
sentido de la catolicidad son elementos sustantivos de la formación
de la nacionalidad española, el Estado incorpora a sus filas el
amparo a la religión católica, mediante pactos previamente
concordados con la iglesia.
9º. Será fin primordial del Estado recobrar para España el
sentido universal de su cultura y de su historia.
10º. La violencia es lícita al servicio de la razón y de la
justicia (1).
1 de junio de 1934.
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(1) Transcripto del libro de José María Gil-Robles: "No
fue posible la paz", pág. 442 "in fine". Madrid, 1968.
Ediciones Ariel.