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SOBRE LA REFORMA AGRARIA (Discursos pronunciados en el Parlamento el 23 y 24 de julio de 1935)
23 DE JULIO DE 1935
El señor PRIMO DE RIVERA:
A estas horas señores diputados, hay la obligación de ser lacónico, y
lacónicamente... (El señor Rodríguez Jurado: "Pero ¿hay más turnos, señor
presidente?") Aguántese el señor Rodríguez Jurado...
... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ... ...
El señor PRIMO DE RIVERA:
Aunque le pese al señor Rodríguez Jurado... (El señor Rodríguez Jurado: "Al
señor Primo de Rivera, personalmente, le escucho con mucho gusto".) Mejor si no
le pesa al señor Rodríguez Jurado. El tema de toda esta discusión creo que puede
encerrarse en una pregunta: ¿Hace falta o no hace falta una Reforma agraria en España?
Si en España no hace falta una Reforma agraria, si alguno de vosotros opina que no hace
falta, tened el valor de decirlo y presentad un proyecto de ley, como decía el señor Del
Río, que diga: "Artículo único. Queda derogada la ley de 15 de septiembre de
1932". Ahora, ¿hay alguno entre vosotros, en ningún banco, que se haya asomado a
las tierras de España y crea que no hace falta una Reforma agraria? Porque no es preciso
invocar ninguna generalidad demagógica para esto; la vida rural española es
absolutamente intolerable. Prefiero no hacer ningún párrafo; os voy a contar dos hechos
escuetos. Ayer he estado en la provincia de Sevilla: en la provincia de Sevilla hay un
pueblo que se llama Vadolatosa; en este sitio salen a las tres de la madrugada las mujeres
para recoger los garbanzos; terminan la tarea al mediodía, después de una jornada de
nueve horas, que no puede prolongarse por razones técnicas, y a estas mujeres se les paga
una peseta. (Rumores. El señor Oriol: "Mejor sería denunciar el hecho concreto,
con nombres".)
Otro caso de otro estilo. En la provincia de Avila esto lo debe saber el
señor ministro de Agricultura hay un pueblo que se llama Narros del Puerto. Este
pueblo pertenece a una señora que lo compró en algo así como ochenta mil pesetas.
Debió de tratarse de algún coto redondo de antigua propiedad señorial. Aquella señora
es propietaria de cada centímetro cuadrado del suelo; de manera que la iglesia, el
cementerio, la escuela, las casas de todos los que viven en el pueblo, están, parece,
edificados sobre terrenos de la señora. Por consiguiente, ni un solo vecino tiene
derecho a colocar los pies sobre la parte de tierra necesaria para sustentarle, si no es
por una concesión de esta señora propietaria. Esta señora tiene arrendadas todas las
casas a los vecinos que las pueblan, y en el contrato de arrendamiento, que tiene un
número infinito de cláusulas, y del que tengo copia, que puedo entregar a las Cortes, se
establecen no ya todas las causas de desahucio que incluye el Código Civil, no ya todas
las causas de desahucio que haya podido imaginarse, sino incluso motivos de desahucio por
razones como ésta: "La dueña podrá desahuciar a los colonos que fuesen mal
hablados". (Risas y rumores.) Es decir, que ya no sólo entran en vigor todas
aquellas razones de tipo económico que funcionan en el régimen de arrendamientos, sino
que la propietaria de este término, donde nadie puede vivir y de donde ser desahuciado
equivale a tener que lanzarse a emigrar por los campos, porque no hay decímetro cuadrado
de tierra que no pertenezca a la señora, se instituye en tutora de todos los vecinos, con
esas facultades extraordinarias, facultades extraordinarias que yo dudo mucho de que
existieran cuando regía un sistema señorial de la propiedad.
Pues bien: esto, que en una excursión de cien kilómetros se encuentra repetido por
todas las tierras de España, nos convence, creo yo que nos convence a todos, de que en
España se necesita una Reforma agraria. Ahora, entiendo que, evidentemente, la Reforma
agraria es algo más extenso que ir a la parcelación, a la división de los latifundios,
a la agregación de los minifundios. La Reforma agraria es una cosa mucho más grande,
mucho más ambiciosa, mucho más completa; es una empresa atrayente y magnífica, que
probablemente sólo se puede realizar en coyunturas revolucionarias, y que fue una de las
empresas que vosotros desperdiciasteis a vuestro tiempo. (El señor Guerra del Río:
"Exacto".)
La Reforma agraria española ha de tener dos partes, y si no, no será más que un
remedio parcial, y probablemente un empeoramiento de las cosas. En primer lugar, exige una
reorganización económica del suelo español. El suelo español no es todo habitable, ni
muchísimo menos; el suelo español no es todo cultivable. Hay territorios inmensos del
suelo español donde lo mismo el ser colono que el ser propietario pequeño equivale a
perpetuar una miseria de la que ni los padres, ni los hijos, ni los nietos se verán
redirnidos nunca. Hay tierras absolutamente pobres, en las que el esfuerzo ininterrumpido
de generación tras generación no puede sacar más que cuatro o cinco semillas por una.
El tener clavados en esas tierras a los habitantes de España es condenarlos para siempre
a una miseria que se extenderá a sus descendientes hasta la décima generación.
Hay que empezar en España por designar cuáles son las áreas habitables del
territorio nacional. Estas áreas habitables constituyen una parte que tal vez no exceda
de la cuarta de ese territorio; y dentro de estas áreas habitables hay que volver a
perfilar las unidades de cultivo. No es cuestión de latifundios ni de minifundios; es
cuestión de unidades económicas de cultivo. Hay sitios donde el latifundio es
indispensable el latifundio, no el latifundista, que éste es otra cosa,
porque sólo el gran cultivo puede compensar los grandes gastos que se requieren para que
el cultivo sea bueno. Hay sitios donde el minifundio es una unidad estimable de cultivo;
hay sitios donde el minifundio es una unidad desastrosa. De manera que la segunda
operación, después de determinar el área habitable y cultivable de España, consiste,
dentro de esa área, en establecer cuáles son las unidades económicas de cultivo. Y
establecidas el área habitable y cultivable y la unidad económica de cultivo, hay que
instalar resueltamente a la población de España sobre esa área habitable y cultivable;
hay que instalarla resueltamente, y hay que instalarla ya está aquí la palabra,
que digo sin el menor deje demagógico, sino por la razón técnica que vais a escuchar en
seguida revolucionariamente. Hay que hacerlo revolucionariamente, porque, sin duda,
queramos o no queramos la propiedad territorial, el derecho de propiedad sobre la tierra,
sufre en este momento ante la conciencia jurídica de nuestra época una subestimación.
Esto podrá dolernos o no dolernos, pero es un fenómeno que se produce, de tiempo en
tiempo, ante toda suerte de títulos jurídicos. En este momento la ciencia jurídica del
mundo no se inclina con el mismo respeto de hace cien años ante la propiedad territorial.
Me diréis que por qué le va a tocar a la propiedad territorial y no a la propiedad
bancaria a la que va a llegar su turno en seguida; que por qué no le va a
tocar a la propiedad urbana, a la propiedad industrial. Yo no soy el que lleva la batuta
del mundo. (El señor Oriol de la Puerta: "La propiedad bancaria será la causante
de eso".) Esa es la que vendrá en seguida. Pero yo no llevo la batuta del
mundo. En este instante, la que está sometida a esa subestimación jurídica ante la
conciencia del mundo es la propiedad territorial, y cuando esto ocurre, queramos o no
queramos, en el momento en que se opera con este título jurídico subestimado, hay que
proceder a una amputación económica cuando se quiere cambiar de titular. Esto ha
ocurrido en la Historia constantemente; el señor Sánchez Albornoz, con mucha más
autoridad que yo, lo decía. Hay un ejemplo más reciente que los que ha referido el
señor Sánchez Albornoz: es el de la esclavitud. Nuestros mismos abuelos, y tal vez los
padres de algunos de nosotros, tuvieron esclavos. Constituían un valor patrimonial. El
que tenía esclavos, o los había comprado o se los habían adjudicado en la hijuela
compensándolos con otros bienes adjudicados a los otros herederos. Sin embargo, hubo un
instante en que la conciencia jurídica del mundo subestimó este valor, negó el respeto
a este género de título jurídico y abolió la esclavitud, perjudicando patrimonialmente
a aquellos que tenían esclavos, los cuales tuvieron que rendirse ante la exigencia de un
nuevo estado jurídico.
Pero es que, además de este fundamento jurídico de la necesidad de operar la Reforma
agraria revolucionariamente, hay un fundamento económico, que somos hipócritas si
queremos ocultar. En este proyecto del señor ministro de Agricultura se dice que la
propiedad será pagada a su precio justo de tasación, y se añade que no se podrán
dedicar más que cincuenta millones de pesetas al año a estas operaciones de Reforma
agraria. ¿Qué hace falta para reinstalar a la población española sobre el suelo
español? ¿Ocho millones de hectáreas, diez millones de hectáreas? Pues esto, en
números redondos, vale unos ocho mil millones de pesetas; a cincuenta millones al año,
tardaremos ciento sesenta años en hacer la Reforma agraria. Si decimos esto a los
campesinos, tendrán razón para contestar que nos burlamos de ellos. No se pueden emplear
ciento sesenta años para hacer la Reforma agraria; es preciso hacerla antes, más de
prisa, urgentemente, apremiantemente, y por eso hay que hacerla, aunque el golpe los coja
y sea un poco injusto, a los propietarios terratenientes actuales; hay que hacerla
subestimando el valor económico, como se ha subestimado el valor jurídico.
Vuestra revolución del año 31 pudo hacer y debió hacer todas estas cosas. (Asentimiento.)
Vuestra revolución, en vez de hacerlo pronto y en vez de hacerlo así, lo hizo a
destiempo y lo hizo mal. Lo hizo con una ley de Reforma agraria que tiene, por lo menos,
estos dos inconvenientes: un inconveniente, que en vez de querer buscar las unidades
económicas de cultivo y adaptar a estas unidades económicas las formas más adecuadas de
explotación, que serían, probablemente, la explotación familiar en el minifundio
regable y la explotación sindical en el latifundio de secano ya veis cómo estamos
de acuerdo en que es necesario el latifundio, pero no el latifundista, en vez de
esto, la ley fue a quedarse en una situación interina de tipo colectivo, que no mejoraba
la suerte humana del labrador, y, en cambio, probablemente le encerraba para siempre en
una burocracia pesada.
Eso hicisteis, e hicisteis otra cosa: hicisteis aquello que da más argumentos a los
enemigos de la ley Agraria del año 32: la expropiación sin indemnización de los grandes
de España. No todos los grandes de España están tan faltos de servicios a la patria,
señor Sánchez Albornoz. (El señor Sánchez Albornoz: "Lo he reconocido".) Tiene
razón el señor Sánchez Albornoz; pero repare, además, en esto: lo que era preciso
haber escudriñado no es la condición genealógica (El señor Sánchez Albornoz:
"Estamos de acuerdo, y he presentado una enmienda".) sino la licitud de los
títulos, y por eso había en la ley un precepto que nadie puede reputar de injusto, que
era el de los señoríos jurisdiccionales. Yo celebro que el señor Sánchez Albornoz haya
explicado, mucho mejor que yo, la transmutación que se ha operado con los señoríos
jurisdiccionales. Traía apuntado en mis notas lo necesario para decirlo. Los señoríos
jurisdiccionales, por una obra casi de prestidigitación jurídica, se transformaron en
señoríos territoriales; es decir, trocaron su naturaleza de títulos de Derecho público
en títulos de Derecho privado patrimonial. Naturalmente, esto no era respetable; pero no
era respetable en manos de los grandes de España, como no era respetable en otras manos
cualesquiera. En cambio, fuisteis a tomar una designación genealógica y a fijaros en el
nombre que tenían derecho a ostentar ciertas familias, e incluisteis junto a algunos que
tenían viejos señoríos territoriales a algunos de creación reciente, a algunos que
paradójicamente habían sido elevados a la grandeza de España precisamente por sus
grandes dotes de cultivadores de fincas.
No era buena, por esas cosas, la ley del año 32; pero esta que vosotros (Dirigiéndose
a la Comisión) traéis ahora no se ha traído jamás en ningún régimen, y si
queréis repasar en vuestra memoria lo que hizo la Monarquía francesa restaurada después
de la Revolución, veréis que no llegó, ni mucho menos, en sus proyectos
revolucionarios, a lo que queréis llegar vosotros ahora, porque vosotros queréis borrar
todos los efectos de la Reforma agraria y queréis establecer la norma fantástica de que
se pague el precio exacto de las tierras, pero con todas esas características:
justiprecio en juicio contradictorio, pago al contado, pago en metálico, y si no en
metálico, en Deuda pública de la corriente, de ésta que va a crear el señor
Chapaprieta dentro de unos días, no ya pagando el valor nominal de las fincas en valor
nominal de títulos, sino al de cotización, lo cual equivale a otro aumento del veinte
por ciento de sobreprecio, aproximadamente, y después con una facultad de disponer
libremente de los títulos que se obtengan. Comprenderéis que así es un encanto hacer
una ley de Reforma agraria; en cuanto se compre la totalidad del suelo español y se
reparta, la ley es una delicia; pero esto termina en una de estas dos cosas: o la ley de
Reforma agraria, como dije antes, es una burla que se aplaza por ciento sesenta años,
porque se va haciendo por dosis de cincuenta millones, y entonces no sirve para nada, o de
una vez se compra toda la tierra de España, y como la economía no admite milagros, el
papel, que representa un valor que solamente habéis trasladado de unas manos a otras,
deja de tener valor, a menos que hayáis descubierto la virtud de hacer con la economía
el milagro divino de los panes y de los peces.
Esto es lo que tenía preparado para dicho en un turno de totalidad a vuestro proyecto.
Vosotros pensadlo. Este proyecto se mantendrá en pie, naturalmente, hasta la próxima
represalia, hasta el próximo movimiento de represalias. Vosotros, que sois todavía los
continuadores de una revolución, aunque esto vaya sonando cada día un poco más raro,
habéis tenido que hacer frente a dos revoluciones, y no más que hoy nos habéis
anunciado una tercera. Cuando está en perspectiva una tercera revolución, ¿creéis que
va a detenerla, que es buena política la vuestra para detenerla haciendo la afirmación
más terrible de arriscamiento quiritario que ha pasado jamás por ninguna Cámara del
mundo? Hacedlo. Cuando venga la próxima revolución, ya lo recordaremos todos, y
probablemente saldrán perdiendo los que tengan la culpa y los que no tengan la culpa. (Muy
bien.)
24 DE JULIO DE 1935
El señor PRIMO DE RIVERA:
El señor Alcalá Espinosa ha tenido la amabilidad de decir que mis puntos de vista
acerca de la Reforma agraria eran pintorescos, y eran pintorescos, a juicio del señor
Alcalá Espinosa (El señor Alcalá Espinosa: "No lo tome a mal su
señora".), porque para llevar a cabo una Reforma agraria reclamaba la previa
delimitación del área habitable y cultivable del suelo español. Si el señor Alcalá
Espinosa hubiese prestado la atención que he prestado yo al discurso del señor Florensa,
encontraría la contestación a ese juicio suyo en varios pasajes del discurso del señor
Florensa, muy fértiles en enseñanzas. (El señor Alcalá Espinosa: "¿Me permite
su señoría? Es que su señoría se contradice al pedir con urgencia una Reforma agraria,
y, al propio tiempo, lo otro. Por lo demás, ¿qué duda tiene?")
Yo rogaría al señor Alcalá Espinosa que pusiera en relación algunos pasajes de
ese discurso con que nos ha deleitado y aleccionado a todos el señor Florensa. El señor
Florensa ha hecho un discurso magnífico; con esa capacidad de expresión en castellano
que sólo saben alcanzar los catalanes inteligentes, y en ese magnífico discurso, que yo
hubiera aplaudido con fervor si hubiera podido separar la admiración literaria de la
coincidencia política, en ese magnífico discurso nos dijo, entre otras cosas, estas dos
cosas extremadamente interesantes: nos dijo, con tal fuerza expresiva que hizo pasar ante
nuestras mentes incluso el espectáculo físico de lo que describía, que en la cuenca del
Ebro hay tierras feraces, extensas tierras feraces, yermas por falta de brazos que las
cultiven, y en otro pasaje, que una de las primeras cosas que hay que hacer antes de una
Reforma agraria es revalorizar los productos agrícolas.
Yo, que estoy dispuesto a admitir en economía agraria todas las lecciones del señor
Florensa (El señor Florensa: "No puedo darle ninguna"), le preguntaría:
¿No atribuye en mucho el señor Florensa la depreciación de los productos agrícolas al
hecho de que se destinen a su producción tierras estériles, o casi estériles? (El
señor Florensa: "Sí".) ¿No es, en grandísima parte, culpa de que
nuestros trigos cuesten a cuarenta y ocho, cuarenta y nueve o cincuenta pesetas el quintal
el que se dediquen a producirlos tierras que nunca debieron dedicarse a eso? (El señor
Florensa: "Absolutamente de acuerdo".) Pues si hay tierras feraces sin
brazos que las cultiven y tierras dedicadas a cultivos absurdos, en una ambiciosa,
profunda, total y fecunda Reforma agraria había que empezar por trazar el área
cultivable y habitable de la Península española. (El señor Alcalá Espinosa:
"Yo no me opongo a eso; pero es que estamos hablando aquí de cortar la propiedad y
del inventario".) A esta primera operación, que ahora se encuentra respaldada no
menos que por la autoridad del señor Florensa, la llamaba, con risueña facundia, el
señor Alcalá Espinosa, literatura pintoresca.
Esta es la primera operación. Y la segunda operación es la de instalar de nuevo sobre
las tierras habitables y cultivables a la población española. Decía el señor Alcalá
Espinosa: "El señor Primo de Rivera pide que esto se haga mediante una terrible
revolución." ¿Por qué terrible? Mediante una revolución. Ahora bien: en esta
palabra revolución, que es perfectamente congruente con mi posición
nacionalsindicalista, que todos tenéis la amabilidad de conocer, posición que no sé por
qué amable licencia situó el señor Sánchez Albornoz a la derecha de la política
española, en este concepto de revolución, lo que yo envuelvo no es el goce de ver por
las calles el espectáculo del motín, de oír el retemblar de las ametralladoras ni de
asistir al desmayo de las mujeres, no; yo no creo que ese espectáculo tenga especial
atractivo para nadie; lo que envuelvo en el concepto de revolución, y así tuve el honor
de explicar ayer ante la Cámara, es la atenuación de la reverencia que se tuvo a unas
ciertas posiciones jurídicas; es decir, la actitud de respeto atenuado a unas ciertas
posiciones jurídicas que hace cuarenta, cincuenta o sesenta años se estimaban
intangibles.
El señor Florensa, con su admirable habilidad dialéctica, nos ha hecho la defensa del
agricultor, la defensa del que se expone a todos los riesgos, a todas las pérdidas, por
enriquecer el campo; pero el señor Florensa sabe muy bien que una cosa es el empresario
agricultor y otra el capitalista agrario. Estas son funciones muy diversas en la economía
agraria y en todas, como puede verse, sin necesidad de más razonamientos, con una
sencillísima consideración. El gerente de una explotación grande aplica una cantidad de
experiencias, de conocimientos, de dotes de organización, sin los cuales probablemente la
explotación se resentiría; en tanto que si todos los capitalistas agrarios, que si todos
los propietarios del campo se decidieran un día a inhibirse de su función, que consiste,
lisa y llanamente, en cobrar los recibos, la economía del campo no se resentiría ni poco
ni mucho; las tierras producirían exactamente lo mismo; esto es indudable.
Pues bien: si todavía en esta revisión de valores jurídicos que yo ayer comprobaba
no ha llegado la subestimación en grado tan fuerte al empresario agrícola, al gestor de
explotaciones agrícolas, es indudable que por días va mereciendo menos reverencia ante
el concepto jurídico de nuestro tiempo el simple capitalista del campo; es decir, aquel
que por virtud de tener unos ciertos asientos en el Registro de la Propiedad puede exigir
de sus contemporáneos, puede exigir de quien se encuentre respecto de él en una cierta
relación de dependencia, una prestación periódica. (El señor Alcalá Espinosa:
"¿Por qué disocia su señoría los asientos del Registro de la Propiedad de la
gerencia de la empresa agrícola? No veo la incompatibilidad, ni las dos figuras
opuestas".) ¡Si esto no lo digo yo! ¡Si, como dije ayer, yo no llevo la batuta
del mundo! (El señor Alcalá Espinosa: "Pero ¡si es que no pasa así! Esta es la
realidad".) Esto se hace así en el mundo y yo no tengo la culpa. (El señor
Alcalá Espinosa: "Pero ¡si es que no pasa así, señor Primo de Rivera!") El
señor Alcalá Espinosa considera que esto no pasa así; yo le digo que sí pasa así. (El
señor Alcalá Espinosa: "Pasa alguna vez".) Y éste era el sentido de la
ley de Reforma agraria del año 32 y el sentido de todas las leyes de Reforma agraria, y
esto es así por una razón simplicísima: porque es que esta función indispensable del
gerente, esta función que se retribuye y respeta, está condicionada, como todas las
funciones humanas, por una limitación física, y si puede discutirse si el gerente es
necesario en una explotación de quinientas, de seiscientas, de dos mil, de cuatro mil
hectáreas, es evidente que nadie está dotado de tal capacidad de organización, de tal
acervo de experiencias y de conocimientos como para ser gerente de ochenta, noventa, cien
mil hectáreas en territorios distintos. (El señor Alcalá Espinosa: "Repare su
señoría en que...") Déjeme hablar su señoría para que concluya mi
argumentación. Y como, queramos o no queramos, cada día será más indispensable cumplir
una función en el mundo para que el mundo nos respete, el que no cumpla ninguna función,
el que simplemente goce de una posición jurídica privilegiada, tendrá que resignarse,
tendremos que resignamos, cada uno en lo que nos toque, a experimentar una subestimación
y a sufrir una merma en lo que pase de cierta medida en la cual podamos, evidentemente,
cumplir una función económica; de ahí en adelante, el exceso ha de ser objeto de una
depreciación considerable.
Pero éste es el fundamento de la ley de Reforma Agraria del 32 y de todas las leyes de
Reforma Agraria. Esto es lo que traía a la Cámara, con una cierta ingenuidad, en el
supuesto de que se pretendía reformar una ley defectuosa de Reforma Agraria para hacer
otra; es decir, creyendo que en el ánimo de la Cámara flotaba como primera decisión la
de llevar a cabo una Reforma Agraria. Hoy me he convencido de que no, y tiene muchísima
razón el señor Alcalá Espinosa cuando me tacha de pintoresco. No se trata, ni en poco
ni en mucho, de hacer una Reforma Agraria. Este proyecto que estamos discutiendo, en medio
de todo su fárrago, de toda su abundancia, de todo su casusmo, no envuelve más ni menos
que un caso en que se permite al Estado la expropiación forzosa por causas de utilidad
social. ¡Para este viaje no se necesitaban alforjas! Porque la declaración de utilidad
pública y eso lo saben todos los abogados que forman parte de esta Cámara es
incluso una de las facultades discrecionales de la Administración, una de las facultades
contra las cuales no se da el recurso contencioso-administrativo; de manera que,
realmente, con que para cada finca de éstas que se van a incluir se hubiera dictado una
disposición que le declarara de utilidad pública en cuanto al derecho a expropiaría,
estábamos al otro lado y nos hubiéramos ahorrado todos los discursos.
Esta no es una Reforma Agraria: es la anulación de toda Reforma Agraria, de todo
propósito de Reforma Agraria, y su sustitución por un caso más privilegiado que ninguno
de expropiación forzosa por causa de utilidad pública o social; un caso especial de
expropiación, en que va a retribuirse al expropiado sin consideración alguna a si la
finca que se expropia sirve o no para la Reforma Agraria, porque no ha sido precedida de
ninguna suerte de catálogo o de clasificación respecto a si era expropiable, cultivable
y habitable.
Este era el problema, y yo, ayer, después que tuvisteis la benevolencia de escucharme
y el gusto de escuchar a los demás señores diputados que hablaron en este mismo sentido,
después que nos escuchasteis y nos felicitasteis en los pasillos con una efusión que no
olvidaremos nunca, creí que nuestras razones os habían hecho algún efecto. Esta tarde
he comprobado que no ha sido así. La ovación que habéis tributado al señor Florensa no
era como aquella a que yo hubiera tenido el gusto de sumarme, de admiración a sus dotes
oratorias, literarias, de inteligencia y de dialéctica; eran unos aplausos de total
conformidad política. Y después el espectáculo de vuestras risotadas, de vuestros
gritos y vuestras interrupciones demuestran que no tenéis en poco ni en mucho la
intención de hacernos caso a los que venimos con estas consideraciones prudentes.
Haced lo que os plazca, como ayer os dije. Si queréis anular la ley de Reforma
Agraria, hacedlo bajo vuestra responsabilidad. Y ateneos a las consecuencias. (Rumores.
El señor Rodríguez Jurado: "Su señoría olvida las ocupaciones temporales
mantenidas en el proyecto". Siguen los rumores.) |